Plenos Municipales

El Pleno es el máximo órgano de representación política de los ciudadanos. Está integrado por los Concejales elegidos por los Vecinos/as en las elecciones municipales. En el caso de Ribatejada corresponde un número legal de 7 Concejales.

La Alcaldesa preside y convoca sus Sesiones, con la necesaria asistencia del Secretario de la Corporación.

Las sesiones del Pleno son públicas y pueden ser de carácter ordinario y extraordinario. En Ribatejada, y según se aprobó en Pleno de fecha 30 de Junio de 2.015, las ordinarias son cada tres meses y, concretamente el último miércoles de la última semana del mes que corresponda a las 19:00 horas. Las extraordinarias son aquellas que no obedecen a una periodicidad establecida, se celebran, cuando así lo decide la Alcaldesa o lo solicita, al menos, la cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación.

Las sesiones se celebrarán en la Casa Consistorial, en su Salón de Plenos, ubicado en la primera planta.

Toda la normativa Legal acerca del Pleno, funciones, sesiones, etc… se encuentra recogida en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Actas de las Convocatorias: